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Deberá dirigirse al Registro de Asociaciones en Granada (Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública), en Calle Gran Via de Colón, 34 (tfno.: 958 024 300 y fax: 958 024 304), y allí le informarán de todo lo que necesita entregar para registrar la Asociación.

PASOS GENERALES

Para crear una Asociación hay que contar con al menos tres personas y hay que dar los siguientes pasos:

  • Celebración de la Asamblea Constitutiva, en la que se nombra una Junta Gestora o Junta Directiva provisional.
  • Elaborar el Acta Fundacional o de Constitución, donde conste el propósito de varias personas naturales que, con capacidad de obrar acuerden voluntariamente servir a un fin determinado de conformidad a sus estatutos. Firmado por todos los socios, no tiene que hacerse más que en documento privado ( no hay por qué ir al notario). Debe constar nombre y apellidos de los firmantes, así como su número de D.N.I. y su domicilio, así como los nombres de los cargos elegidos.
  • Elaborar los Estatutos de la Asociación.
  • Rellenar la solicitud por duplicado, firmada por uno de los socios fundadores. Presentación en el plazo de cinco días desde la fecha del Acta Constitutiva ante el Registro de Asociaciones a nivel local y de la Delegación Territorial de la Junta en la provincia correspondiente; también se puede solicitar a la Comunidad Autónoma o al Ministerio del Interior, dependiendo del ámbito de actuación.
  • Pagar las tasas, en la cuenta que nos indiquen en el registro de asociaciones.

La Asociación tendrá personalidad propia como persona jurídica y por ello tiene un nombre, un domicilio y un patrimonio propio.

Una vez constituida la Asociación hay que solicitar la tarjeta del C.I.F. y legalizar los Libros de Actas, Socios y Contabilidad.

EN RESUMEN

Paso 0 (informal, pero muy importante):

Ponerse de acuerdo las personas que deseen constituir la Asociación en:

  • Qué es lo que quieren conseguir.
  • Qué tipo de actividades estan preparados para realizar.
  • Qué cantidad de tiempo personal pueden dedicar a la Asociación.
  • Qué desembolsos económicos están dispuestos a realizar.
  • Etc.

Paso 1:

Redactar unos estatutos pero adaptarlos a la realidad de la Asociación propia.

Paso 2:

Reunirse para firmar el acta de constitución y los estatutos. Ambos documentos han de ser firmados por triplicado por todos los asistentes en todas sus páginas. Desde este momento la asociación existe legalmente pero hasta dar los pasos siguientes no le es posible realizar algunas actividades, por ejemplo, tener una cuenta corriente. Ojo: Tanto los estatutos como el acta de constitución deben ajustarse a los dispuesto en la Ley de Asociaciones.

Paso 3:

Presentar toda la documentación anterior en el registro de asociaciones correspondiente (normalmente será en la Delegación de Gobernación o de Justicia de la Comunidad Autónoma).

Paso 4:

Una vez recibida la contestación del registro (pueden tardar un mes o dos):

  • Reunirse en Asamblea Extraordinaria para nombrar la Junta Directiva y tomar otros acuerdos que se consideren necesarios.
  • Ir a la Delegación de Hacienda para pedir un NIF (hacer constar claramente que se trata de una asociación sin ánimo de lucro.
  • Abrir una cuenta corriente.
  • Establecer el método para cobrar las cuotas.

Paso 5:

A trabajar y no desanimarse, que será duro. Es importante contar con asistencia jurídica de alguien con experiencia en estos temas.