
Es en la IV Conferencia
Mundial de la Mujer (Beijing 1995) donde se lograron importantes avances
reconociéndose "la igualdad entre mujeres y hombres como una cuestión importante
para el conjunto de la sociedad" haciendo especial hincapié en la necesidad de
integrar la perspectiva de género en todas las políticas
Así en el Tratado de
Amsterdam de la Unión Europea, ratificado en 1998 por nuestro país, se recoge
explícitamente el fomento de la igualdad de oportunidades entre hombres y
mujeres
Es en este Tratado donde la igualdad entre los hombres y las mujeres
se configura como misión de la Comunidad, es decir, como principio transversal a
la hora de la elaboración e implementación de cualquier tipo de política
comunitaria:
"promover la igualdad de oportunidades entre hombre y mujeres,
introduciendo este principio en todas las políticas y en todos los programas.
(art. 2 y 3)".
En la Constitución Española de 1978 su artículo 14 consagra para nuestro país
el Principio de Igualdad:
"Los españoles son iguales ante la ley, sin que
pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo,
religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
Así mismo, promulga la norma suprema en su artículo 9.2:
"Corresponde a
los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad
del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover
los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación
de todos/as los/as ciudadanos/as en la vida política, económica, cultural y
social".
Estos principios que aparecen en nuestra Constitución se recogen de
forma explícita también en nuestro Estatuto de Autonomía en su artículo 12.1 y
12.2:
"La Comunidad Autónoma de Andalucía promoverá las condiciones para que
la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean
reales y efectivas; removerá los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud
y facilitará la participación de todos los andaluces en la vida política,
económica, cultural y social"
"La Comunidad Autónoma propiciará la efectiva
igualdad del hombre y de la mujer andaluces, promoviendo la plena incorporación
de ésta en la vida social y superando cualquier discriminación laboral,
cultural, económica o política"
Además debemos enmarcar esta actuación dentro de las competencias propias de
un municipio. De hecho, en este sentido, la Ley de Bases de Régimen Local en su
artículo 28 contempla:
"Los municipios pueden realizar actividades
complementarias de las propias de otras Administraciones Públicas y, en
particular, las relativas a la educación, la cultura, la promoción de la mujer,
la vivienda, la sanidad y la protección del medioambiente"
Es un hecho manifiesto la desigualdad que todavía existe entre hombres y
mujeres en los diferentes ámbitos de la sociedad: mercado laboral, vida
familiar, esferas políticas,...
El camino recorrido ha sido largo pero aún
falta un gran trayecto para llegar al final del mismo. El reconocimiento de la
igualdad, y no sólo en las leyes establecidas es, para las mujeres, una cuestión
de derechos humanos y una condición para llegar a la plena justicia
social.
"Las políticas de igualdad son medidas elaboradas y dirigidas a
mejorar la situación de la mujer en diversos ámbitos: económico, social,
laboral, etc; todo ello para reducir las desigualdades existentes entre las
mujeres y los hombres."
Partimos de la premisa de que las medidas de igualdad
no están dirigidas a un solo sector de la población "mujeres" ya que , los
hombres constituyen una pieza clave para que no existan desigualdades motivadas
por el género.
Cabe resaltar que los planes de igualdad se elaboran y se
ponen en funcionamiento desde distintos ámbitos, ya sea nacional, desde la
comunidad autónoma o local, si bien, hay que destacar, que el ámbito municipal
por su cercanía al ciudadano/a constituye un marco idóneo para el desarrollo de
actuaciones que traten de paliar las desigualdades entre géneros.
Entre las
razones que avalan la importancia o necesidad de desarrollar en el municipio de
Cenes de la Vega políticas de igualdad, debemos destacar por su relevancia las
siguientes:
" Las políticas de igualdad están en consonancia con el marco
jurídico estatal e internacional. Y son necesarias, puesto que las desigualdades
no suelen desaparecer por sí mismas.
" Las situaciones desigualitarias
perjudican no sólo a las mujeres sino, también, a la sociedad en su conjunto.
Llevando a cabo políticas que favorezcan la igualdad de hombres y mujeres se
previenen otros problemas sociales y se beneficia a la comunidad.
Es por ello
que, dichas políticas de igualdad constituyen una estrategia preventiva que
limita la aparición de otros problemas, proporcionando a la mujer un aumento de
sus capacidades y autonomía en ámbitos como el económico, político y
social.
Con esta iniciativa se pretende prestar especial atención a la
violencia de género, destacándose en este sentido las estrategias encaminadas a
la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres. Estas
estrategias deben encuadrarse dentro de marcos globales de planes de igualdad
que busquen el consenso y la implicación de todos los colectivos de la
comunidad.
Considerando la contribución de las mujeres como un elemento
básico de la realidad municipal de Cenes de la Vega, entendemos que debe ser
objetivo prioritario, dentro de la política general llevada a cabo desde esta
Corporación Municipal, su promoción, la lucha contra la discriminación y la
búsqueda de la igualdad con actuaciones concretas para conseguir su total
integración en todas las esferas sociales, así como la erradicación de la
violencia de género.
De gran importancia, en el Plan de Igualdad para las
Mujeres de Cenes de la Vega, será deducir de los objetivos generales las
actividades concretas que van a realizarse. Esto nos permitirá evaluar a
posteriori la consecución de los objetivos propuestos.
Destacar que con esta
propuesta adoptamos el compromiso de trabajar por la consecución de los
objetivos marcados, desarrollando las actividades programadas en un plazo de
cuatro años ( 2004-2008).